La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) manifiesta su preocupación por el fallo dictado hoy por el Juzgado de Sentencia en lo Penal, Correccional y Contravencional y de Ejecución Penal de San Luis contra el periodista Diego Masci. El director del portal Zbol.com.ar fue considerado “autor material y penalmente responsable del delito de ‘violación de intimidad’ (artículo 155 del Código Penal), por la publicación indebida de una comunicación electrónica, en perjuicio de la actual ministra de Medio Ambiente del Gobierno provincial, Natalia Spinuzza”.

De acuerdo a lo establecido en el fallo, el periodista fue condenado a pagar una multa de 90 mil pesos, más costas y accesorias del proceso. Por otra parte, se dispuso que una vez que quede firme la sentencia, se libre oficio a Google para que proceda a remover de la plataforma de Youtube el video considerado “indebido” y que motivó la condena de Masci, como así también se desindexe a Spinuzza respecto de los eventuales enlaces que puedan exhibir el mencionado video.

Spinuzza había denunciado al periodista por la publicación de un video privado que ella misma había grabado para un grupo de amigos y familiares durante un viaje por Holanda en 2018. En esa época, la funcionaria estaba a cargo del Ministerio de Educación provincial.

El fallo es un grave precedente para la libertad de expresión y para el libre ejercicio de la labor periodística, tarea amparada por la Constitución Nacional y protegida por varios fallos previos a nivel local e internacional, inclusive en hechos donde se consideró la intimidad de las figuras públicas.

Por citar un antecedente en la materia, Adepa recuerda una sentencia de 2011 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de la cual  se dejó sin efecto la condena civil impuesta por la Justicia argentina a los periodistas Jorge Fontevecchia y Hector D’Amico, de Editorial Perfil, debido a una publicación de 1995 que supuestamente había afectado la vida privada del entonces presidente Carlos Menem.

Adepa considera que la sentencia del tribunal de San Luis debería ser revisada en otras instancias judiciales con base en los criterios y antecedentes nacionales e internacionales, ponderando adecuadamente el derecho a la libertad de expresión, clave para que el debate democrático sea lo más amplio, diverso y vibrante posible.