La sanción se debió a que los medios no reprodujeron información relacionada con un artículo de un medio argentino, en el que se denunciaron presuntas irregularidades por parte del ex candidato presidencial Guillermo Lasso, en plena campaña electoral.

El pasado 27 de marzo la SUPERCOM notificó a los medios Ecuavisa, El Universo, El Comercio, Expreso, La Hora, TVC y Teleamazonas, tras la denuncia interpuesta por tres representantes del “Observatorio Ciudadano por una Comunicación de Calidad”. Señala la denuncia que los medios de comunicación independientes supuestamente incumplieron con lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Orgánica de Comunicación, denunciada por medios ecuatorianos y organismos internacionales como inconstitucional y contraria a los principios de libertad de expresión a nivel regional y mundial.

De acuerdo a ese artículo, los medios omitieron “deliberadamente” información sobre un tema de interés público, lo que constituiría “un acto de censura previa”. El artículo en cuestión se tituló “Lasso, el magnate de las offshore”. Para los miembros del Observatorio Ciudadano, la investigación elaborada por el medio extranjero es de “relevancia o interés público” para los ciudadanos ecuatorianos, dentro de un período de campaña electoral y esta investigación según manifestaron, “puede afectar positiva o negativamente” en el voto libre de los ciudadanos dentro del proceso electoral que se desarrolló el 2 de abril de 2017, porque pudo poner en duda la candidatura del señor Guillermo Lasso “así como su honorabilidad y prestigio en calidad de banquero de una de las instituciones financieras más importantes de este país”.

Conforme a este particular fundamento del Observatorio, sus miembros argumentan que todos los medios de comunicación de Ecuador, están obligados a replicar la investigación antes mencionada, lo que implica un flagrante acto de censura. La obligación a los medios de comunicación de publicar o difundir determinadas informaciones es tan grave como la prohibición de hacerlo.

Adepa considera un mal precedente para la libertad de expresión esta clase de sanciones y considera que la SUPERCOM actúa políticamente al emitir un fallo sin lógica jurídica, violatorio de todos los preceptos constitucionales y de los tratados internacionales.