La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) se unió a otras veinticinco organizaciones internacionales de editores, periodistas y empresas periodísticas para promover Principios Globales para la Inteligencia Artificial (IA) (en inglés).

El objetivo de este documento es orientar el desarrollo, así como también la implementación de la nueva tecnología, de forma regulada. Asimismo, la idea es garantizar oportunidades comerciales y poder innovar dentro de un marco ético y responsable a la hora de difundir información. 

El texto de los Principios Globales para la Inteligencia Artificial (IA):

PROPIEDAD INTELECTUAL

1) Desarrolladores, operadores e implementadores de sistemas de IA deben respetar los derechos de propiedad intelectual que protegen las inversiones de quienes generan contenido original. Estos derechos incluyen todos los derechos de autor, derechos accesorios y otras protecciones legales aplicables, así como las restricciones o limitaciones contractuales impuestas por los titulares de los derechos para el acceso y el uso de los contenidos. Por lo tanto, desarrolladores, operadores e implementadores de sistemas de IA, así como legisladores, reguladores y otras partes involucradas en la elaboración de leyes y políticas que regulen la IA, deben respetar el valor de los contenidos protegidos por derechos de autor de creadores y de propietarios, con el fin de proteger los medios de vida de creadores y titulares.

2) Los editores tienen derecho a negociar y recibir una remuneración justa por el uso de su propiedad intelectual. Desarrolladores, operadores e implementadores de sistemas de IA no deben rastrear, ingerir o usar sin autorización expresa nuestro contenido creativo protegido. El uso de la propiedad intelectual por los sistemas de IA para entrenar, emerger o sintetizar suele estar expresamente prohibido en los términos y condiciones en línea de los titulares de derechos, y no está cubierto por acuerdos de licencia preexistentes. Aun cuando a los desarrolladores se les haya permitido rastrear contenidos para un fin (por ejemplo, indexación para la búsqueda), deben solicitar autorización expresa para el uso de la PI con otros fines, tales como la inclusión en LLM o grandes modelos de lenguaje. Estos acuerdos también deberían tener en cuenta los daños que los sistemas de IA pueden causar, o ya han causado, a creadores, propietarios y público en general.

3) Los derechos de autor y derechos afines protegen a los creadores de contenido y a propietarios del uso no autorizado de su contenido. Como todos los demás usos de obras protegidas, el uso de obras protegidas en sistemas de IA está sujeto al cumplimiento de las leyes pertinentes en materia de derechos de autor, derechos auxiliares y permisos dentro de los protocolos. Para garantizar que el acceso a contenido para su uso en sistemas de IA sea lícito, incluso a través de licencias y permisos adecuados obtenidos de los titulares de derechos pertinentes, es esencial que estos puedan hacer valer sus derechos de manera efectiva y, en su caso, exigir su atribución y remuneración.

4) Deben reconocerse los mercados existentes para la concesión de licencias de contenidos a creadores y titulares de derechos. Valorar los intereses legítimos de propiedad intelectual de los editores no tiene por qué obstaculizar la innovación en IA porque ya existen marcos que permiten su uso a cambio de un pago, incluso mediante licencias. Fomentamos modelos eficientes de concesión de licencias que puedan facilitar la formación de sistemas de IA fiables y de alta calidad.

TRANSPARENCIA

5) Los sistemas de IA deben ofrecer una transparencia granular a creadores, titulares de derechos y usuarios. Es esencial que se establezcan normativas estrictas para exigir a los desarrolladores e implementadores de sistemas de IA que mantengan registros detallados de las obras editoriales y los metadatos asociados, junto con la base jurídica sobre la que se accedió a ella, y que pongan esta información a disposición de los editores en la medida necesaria para hacer valer sus derechos cuando su contenido sea incluido en datos de capacitación. La obligación de mantener registros precisos debe remontarse al inicio del desarrollo de la IA para proporcionar una cadena completa de uso, independientemente de la jurisdicción en la que se haya realizado la formación o las pruebas. La falta de mantenimiento de registros detallados debería dar lugar a una presunción de uso de los datos en cuestión. Cuando se utilizan conjuntos de datos o aplicaciones desarrollados por terceros sin ánimo de lucro, de investigación o educativos para impulsar sistemas comerciales de IA, esto debe divulgarse claramente para que los editores puedan hacerlos valer. Cuando los desarrolladores utilicen herramientas de IA como componentes en el proceso de generación de conocimiento a partir del conocimiento, debe haber transparencia en la aplicación de estas herramientas, incluidos mecanismos claros y apropiados de rendición de cuentas y procedencia, así como una atribución clara, cuando proceda, de conformidad con los términos y condiciones de los editores del contenido original. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 6 y 9, los desarrolladores de IA deben trabajar con los editores para desarrollar estándares y formatos de atribución y navegación mutuamente aceptables. También se debe proporcionar a los usuarios información comprensible sobre cómo funcionan dichos sistemas para poder emitir juicios sobre la calidad y confiabilidad del sistema y de los resultados.

RENDICIÓN DE CUENTAS

6) Los proveedores y los implementadores de sistemas de IA deben cooperar para garantizar la responsabilidad por los resultados del sistema. Los sistemas de IA plantean riesgos para la competencia y la confianza del público en la calidad y exactitud del contenido informativo y científico. Esto puede agravarse por sistemas de IA generando contenidos que atribuyen indebidamente información falsa a los editores. Quienes implementen sistemas de IA que proporcionen contenido informativo o científico deben proporcionar toda la información esencial y relevante para garantizar la rendición de cuentas y no deben estar protegidos de la responsabilidad por sus resultados, incluso mediante regímenes de responsabilidad limitada y puertos seguros.

CALIDAD E INTEGRIDAD

7) Garantizar la calidad y la integridad es fundamental para generar confianza en la aplicación de herramientas y servicios de IA. Estos valores deben estar en el centro del ciclo de vida de la IA, desde el diseño y la construcción de algoritmos, hasta los insumos utilizados para entrenar las herramientas y servicios de IA, y los utilizados en la aplicación práctica de la IA. Un principio fundamental de la informática es que un proceso solo puede ser tan bueno o imparcial como los datos utilizados para enseñar al sistema (basura que entra, basura que sale). Los desarrolladores e implementadores de IA deben reconocer que los editores son una parte inestimable de su cadena de suministro, ya que generan contenido de alta calidad para la capacitación y también para visualizar y sintetizar. El uso de contenido de alta calidad contribuirá a obtener resultados de alta calidad para los usuarios posteriores.

JUSTICIA

8) Los sistemas de IA no deben crear o arriesgarse a crear resultados de competencia o de mercado desleales. Los sistemas de IA deben diseñarse, formarse, desplegarse y utilizarse de forma que cumplan la legislación, incluidas las leyes y principios de competencia. También debe exigirse a los desarrolladores e implementadores que garanticen que los modelos de IA no se utilicen con fines anticompetitivos. El despliegue de sistemas de IA por parte de las grandes plataformas en línea no debe utilizarse para afianzar su poder de mercado, facilitar abusos de posición dominante o excluir a rivales del mercado. Las plataformas deben respetar el concepto de no discriminación cuando se trata de los editores ejerciendo su derecho a elegir cómo se utilizan sus contenidos.

SEGURIDAD

9) Los sistemas de IA deben ser fiables. Los sistemas y modelos de IA deben diseñarse para promover fuentes de información confiables y producidas de acuerdo con los mismos estándares profesionales que se aplican a los editores y las empresas de medios. Desarrolladores e implementadores de IA deben hacer todo lo posible para garantizar que el contenido generado por la IA sea preciso, correcto y completo. Es importante destacar que los sistemas de IA deben garantizar que las obras originales no sean tergiversadas. Esto es necesario para preservar el valor y la integridad de las obras originales y mantener la confianza del público.

10) Los sistemas de IA deben ser seguros y abordar los riesgos de privacidad. En particular, los sistemas y modelos de IA deberían diseñarse para respetar la privacidad de los usuarios que interactúan con ellos. La recopilación y el uso de datos personales en el diseño, la capacitación y el uso de sistemas de IA deben ser legales y deben revelarse en plenitud a los usuarios de una manera fácilmente comprensible. Los sistemas no deben reforzar los prejuicios ni facilitar la discriminación.

POR DISEÑO

11) Estos principios deben incorporarse por diseño en todos los sistemas de IA, incluidos los sistemas de IA de propósito general, los modelos fundacionales y los sistemas IAG (inteligencia artificial generativa). Deben ser elementos significativos del diseño y no deben considerarse una ocurrencia tardía o una preocupación menor que deban abordarse cuando sea conveniente o cuando un tercero presente un reclamo.

DESARROLLO SOSTENIBLE

12) La naturaleza multidisciplinaria de los sistemas de IA los sitúa en una posición ideal para abordar áreas de interés global. Los sistemas de IA prometen beneficiar a todos los seres humanos, incluidas las generaciones futuras, pero solo en la medida en que estén alineados con los valores humanos y operen de acuerdo con las leyes globales. La financiación a largo plazo y otros incentivos para los proveedores de datos de entrada de alta calidad pueden ayudar a alinear los sistemas con los objetivos sociales y extraer el conocimiento más importante, actualizado y viable.

Las organizaciones firmantes de los Principios Globales de IA incluyen:

• Asociación de Medios de Información (AMI, Colombia)

• Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA)

• Asociación de Editores de Sociedades Eruditas y Profesionales (Association of Learned and Professional Society Publishers, ALPSP)

• Asociación Nacional de Periódicos (Associação Nacional de Jornais, ANJ, Brasil)

• Czech Publishers’ Association

• Danish Media Association

• Digital Content Next (DCN)

• Asociación Europea de Medios de Revistas (European Magazine Media Association, EMMA)

• Asociación Europea de Editores de Periódicos (European Newspaper Publishers’ Association, ENPA)

• Consejo Europeo de Editores (European Publishers Council, EPC)

• Federación Internacional de Editores de Periódicos (FIPP)

• Grupo de Diarios América (GDA)

• Sociedad Interamericana de Prensa (SIP)

• Asociación Coreana de Periódicos (Korean Association of Newspapers)

• Magyar Lapkiadók Egyesülete (Asociación de Editores Húngaros)

• NDP Nieuwsmedia

• News Media Alliance (NMA)

• Asociación de Medios de Noticias (News Media Association, NMA)

• Medios de Comunicación de Canadá (News Media Canada, NMC)

• Medios de Comunicación de Europa (News Media Europe)

• News Media Finland

• Asociación de Editores de Noticias (News Publishers’ Association)

• Nihon Shinbun Kyokai (Asociación de Editores de Periódicos de Japón)

• Asociación de Editores Profesionales (Professional Publishers Association)

• STM

• Asociación Mundial de Editores de Noticias (WAN-IFRA).