En un nuevo episodio vinculado al intento por instalar la denominada teoría del lawfare, la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia, del Congreso de la Nación, presidida por el diputado Leopoldo Moreau, elaboró un dictamen de mayoría titulado «El Estado mafioso». El informe acusa a los medios de comunicación de ser parte de “un plan sistemático de espionaje político ilegal como método de dominación y extorsión, al mejor estilo de la práctica mafiosa”.

En el texto dado a conocer anteayer, los legisladores oficialistas que firmaron el dictamen intentan vincular a los “medios de comunicación hegemónicos” con un presunto “plan sistemático” diseñado con “premeditación y alevosía” durante el gobierno que abarcó el período 2015-2019, y en el que también habrían participado el Poder Judicial, funcionarios públicos y servicios de inteligencia. De esta forma, retoman la falsa noción de “lawfare”, a través de la cual plantean que hubo un “ataque contra opositores -reales o potenciales- a través de la manipulación del Poder Judicial -como máscara de legalidad- en perfecta sincronización con los medios de comunicación hegemónicos”. 

Respecto de las presuntas prácticas ilegales, los legisladores de la mayoría hablan de “seguimientos y espionaje ilegal a ciudadanos, grabación de comunicaciones telefónicas, recolección de movimientos migratorios, utilización de testigos ‘arrepentidos’ falsamente y bajo presión, entre otras”. 

Frente a un pronunciamiento de tanta gravedad emanado de un organismo integrado por diputados y senadores de la nación, la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) expresa, con especial énfasis, que en ningún caso el ejercicio básico de la tarea periodística de buscar y difundir información y opiniones puede ser considerado un hecho ilícito. Por el contrario, la difusión de informaciones y opiniones sobre hechos que involucren a funcionarios públicos constituyen actos protegidos y alentados por el sistema constitucional.

Esto no significa privilegio alguno: como ha sostenido Adepa, si hay hechos ilícitos en los cuales participaron periodistas, ellos deben ser objeto de investigación del mismo modo que ocurre con cualquier otro ciudadano. En el mismo sentido, es importante señalar que todas las denuncias por espionaje ilegal deben ser investigadas por la Justicia, y sus responsables sancionados, tal como lo manifestó oportunamente nuestra entidad en las acciones de las que fueron víctimas en 2018 los periodistas Hugo Alconada Mon, de La Nación; y Rodis Recalt, de Perfil.

Pero el dictamen mencionado parece inscribirse en el contexto de una operación política urdida en los últimos años, en la cual se intenta vincular, dentro de una inventada y forzada etiqueta (“lawfare”), actos ilícitos (v.gr., espionaje ilegal, “armado” de causas judiciales, extorsiones, etc.), actos lícitos y opinables (v.gr., distintas decisiones judiciales o administrativas) y finalmente -y lo que es más grave- el ejercicio plenamente lícito y encomiable de la libertad de expresión y del periodismo de investigación.

Las consecuencias negativas que la instalación de ese supuesto lawfare produce sobre el ejercicio de un derecho básico y esencial para la convivencia democrática, como lo es la libertad de expresión, no deben ser ignoradas ni subestimadas. En especial cuando provienen de un órgano estatal.

La acusación -ahora por parte de la mayoría de esta comisión legislativa- de que periodistas y medios, al difundir noticias judiciales o al contactarse con fuentes gubernamentales o judiciales, forman parte de un entramado delictivo, más allá de resultar absurda en términos jurídicos, tiene un objetivo silenciador del debate público que merece la mayor atención y condena. Nunca más el periodismo debe quedar atenazado por las intimidaciones y las prácticas abusivas de los poderes públicos, y de las facciones políticas a ellos ligados.

Es doctrina pacífica en los organismos internacionales de derechos humanos que el ejercicio efectivo de la libertad de expresión implica la existencia de condiciones y prácticas sociales que la favorezcan. Y que es posible que esa libertad se vea ilegítimamente restringida no sólo por actos normativos o administrativos del Estado, sino también por condiciones fácticas que coloquen en situación de riesgo o mayor vulnerabilidad a quienes la ejerzan o intenten ejercerla. En el marco de sus obligaciones de garantía de los derechos humanos, el Estado debe abstenerse de actuar de manera tal que propicie, estimule, favorezca o profundice esa vulnerabilidad.

La acusación de supuestos hechos penales consistentes en entrevistar a fuentes o difundir informaciones u opiniones sobre causas judiciales que involucran a funcionarios públicos, formulada por parte de las máximas autoridades políticas del país, es una forma de censura indirecta prohibida por los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional y 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica. E implica una grave amenaza para las libertades de expresión y de prensa y, por ende, un peligro concreto para el sistema democrático y republicano.