La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) condena la censura dispuesta sobre los medios de prensa por el juez de garantías Luis Carzoglio al prohibir la difusión de información e imágenes sobre Roberto Petrov, relacionadas con una causa en la cual se investigan graves hechos de corrupción en los que está imputado.
Imponer la censura y consecuente desinformación de la ciudadanía sobre temas de importancia institucional, implica propiciar la ignorancia del pueblo, fomentar la impunidad y cercenar la libertad de expresión, que es la base de todo sistema democrático constitucional y de su Estado de Derecho. Así lo establecen los artículos 14 y 32 de nuestra Constitución Nacional y el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Tales conclusiones fueron adoptadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en casos emblemáticos como «Ministerio Fiscal c/ Diario La Provincia», «Daniel Mallo», «Salvo c/ Artear», «Menem c/ Editorial Perfil», «Verbitsky» y «Servini de Cubría», entre otros. Considera que el alcance de la prohibición constitucional de la censura no se refiere solo al examen previo del contenido de las publicaciones sino también a una censura ejercida con respecto a la decisión de ejercer la libertad de expresión.
En igual sentido se expidió la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos «Martorell», «La última tentación de Cristo» y en la Opinión Consultiva 5/85, destacando que por aplicación del art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos la censura previa es incompatible con la plena vigencia de los derechos humanos y sus garantías. De manera terminante, prohíbe la censura prescindiendo del carácter que pueda revestir el censor. No interesa si el acto de censura emana del legislador, del órgano ejecutivo o de un juez.
La resolución del juez Carzoglio configura un grave retroceso para la vigencia de las libertades constitucionales de expresión e información en nuestro sistema político republicano, cuya amplitud fue recientemente reconocida en la Asamblea de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) celebrada en Salta. En dicha oportunidad, nuevamente se exhortó a los gobiernos latinoamericanos al fiel cumplimiento de los Principios 1° y 5° del Acta de Chapultepec que establecen: «No hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. No es una concesión de las autoridades; es un derecho del pueblo» y «La censura previa y la creación de obstáculos al libre flujo informativo o al ejercicio y movilización del periodista se oponen a la libertad de prensa».
Adepa, en resguardo de la libertad de expresión y el derecho a la información del pueblo sobre temas de relevante interés institucional y de todos aquellos relacionados con la corrupción pública o privada, demanda la revocatoria de la censura impuesta autoritariamente por un juez al desconocer la esencia de nuestro Estado de Derecho.