Decálogo de la Prensa Argentina

DECÁLOGO DE LA PRENSA ARGENTINA

1• El trabajo periodístico está guiado por el respeto hacia las personas y la protección de la infancia y la niñez; los principios constitucionales y los valores y las instituciones democráticas; la convivencia en sociedad, la participación ciudadana y el pluralismo; el reconocimiento y la defensa de los derechos fundamentales, y la prédica por la libertad, la solidaridad, la educación y la justicia, y contra la trata de personas y la violencia de género.

2• El derecho a la información es ante todo de los ciudadanos, por lo cual la libertad de expresión, el derecho de crítica y el libre acceso a la información pública son irrenunciables para los medios de comunicación.

3• Ello se corresponde con el compromiso de brindar a los ciudadanos informaciones elaboradas con integridad y rigor profesional, poniendo el máximo esfuerzo para confirmar datos y constatar fuentes. Los errores que se cometan serán reconocidos y rectificados en cuanto sea posible, por respeto a los lectores y usuarios.

4• La información generada por medios oficiales será tomada como una fuente más, pero no de carácter excluyente ni preponderante. Las informaciones originadas en datos aportados por lectores o usuarios estarán sometidas a los mismos principios de constatación que las producidas por los periodistas; esos principios pueden ser soslayados cuando se trate de la reproducción fiel y neutral de las opiniones de terceros.

5• Los periodistas utilizarán métodos dignos para obtener información o imágenes. Se considera que son impropios de la labor periodística el plagio, los sobornos activo o pasivo, las extorsiones y otros procedimientos similares. Ninguna primicia justifica poner en riesgo una vida ni entorpecer la labor de los jueces de manera deliberada.

6• La única modificación aceptada para las fotografías utilizadas con fines informativos es la que reconoce motivos técnicos. Cuando se las altere para hacer un montaje o ilustrar una noticia, se hará constar con claridad esta circunstancia.

7• Las informaciones serán claramente distinguidas de las opiniones y de los contenidos publicitarios.

8• Los periodistas respetarán la privacidad individual. La vida privada de las personas públicas pasa a ser de interés general cuando ellas mismas la exponen o cuando elementos privados salen a la luz mientras éstas ejercen sus deberes públicos.

9• En toda información se respetará el principio constitucional de inocencia de cualquier persona mientras su culpabilidad no haya sido probada por los jueces.

10• También se evitarán generalizaciones que afecten a personas por su etnia, nacionalidad, ideología, religión, sexo, educación o condición económica, o que se basen en prejuicios de cualquier otra índole.