La irrupción de la inteligencia artificial atraviesa a todas las áreas del ecosistema informativo, lo que incluye a la libertad de expresión y a la reputación que, también en un contexto de prima de las redes sociales para la circulación de noticias y mensajes, están en jaque. 

Por Lucía Fortín

Sobre estas temáticas debatieron jueces y abogados el miércoles 24 de junio en el primer bloque del ciclo “Poder Judicial y Prensa: Libertad de expresión y responsabilidad editorial en la era de la inteligencia artificial”, que fue organizado por la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) y la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN).

De este primer bloque, titulado “Libertad de expresión e injurias: estándares jurídicos y evolución jurisprudencial” y moderado por la periodista de La Nación Paz Rodríguez Niel, participaron la Dra. María Marta Cáceres de Bollati, integrante del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, el Dr. Ignacio Rebaudi Basavilbaso, director de la Escuela de Capacitación Judicial de la AMFJN, y el Dr. Alberto Dalla Vía, presidente de la Cámara Nacional Electoral. 

En el panel se abordaron diferentes temáticas vinculadas con el título principal:

  • Evolución de la jurisprudencia argentina en materia de libertad de expresión y responsabilidad civil
  • Vigencia y alcance de la Doctrina de la Real Malicia
  • Estándares desarrollados por la Corte Suprema y la Corte Interamericana de Derechos Humanos
  • Diferencias entre funcionarios públicos, figuras públicas y particulares
  • Libertad de expresión y protección de la reputación en redes sociales y entornos digitales
  • Nuevos desafíos derivados de la difusión instantánea de contenidos y de la IA generativa
  • Tendencias jurisprudenciales y desafíos futuros

Evolución de la jurisprudencia argentina en materia de libertad de expresión y responsabilidad civil

En primer lugar, Cáceres de Bollati planteó que “la jurisprudencia interamericana siempre ha sido constante en que la libertad de expresión es una condición esencial para que la sociedad esté suficientemente informada” y que el periodismo representa “una de las más importantes manifestaciones para la libertad de expresión y de información”. 

Asimismo, explicó que el ejercicio de esta libertad está sujeto a responsabilidades ulteriores, que deben estar fijadas por la ley y son necesarias para asegurar tanto el respeto al derecho y reputación de los demás, como la protección a la seguridad nacional, el orden público y la moral pública. 

La integrante del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba remarcó además que el derecho penal no es el medio legítimo para proteger el honor de quienes ejercen la función pública, ya que esto produciría un amedrentamiento que tendría como consecuencia debilitar el control ciudadano sobre los poderes del Estado. “Por eso, la reparación adecuada es el derecho de rectificación y respuesta”, señaló. 

Cuando Dalla Vía tomó la palabra, habló de un “derecho sobreprotegido a la libertad de expresión” en la Constitución Argentina y resaltó que el país no es uniforme en materia de fuentes del derecho.

En tanto, se explayó: “El derecho constitucional viene de Estados Unidos, pero el derecho civil codificado viene de fuentes europeas”. A esto, le agregó que en el Viejo Continente el honor y la dignidad personal son “derechos sobreprotegidos”. 

Vigencia y alcance de la Doctrina de la Real Malicia

Cáceres de Bollati apuntó que desde 1983 se han ido consolidando la Doctrina Campillay y de la Real Malicia, con la finalidad de que la tensión entre la libertad de expresión y los derechos personalísimos de intimidad y del honor puedan garantizarse y permitir que la “información siga siendo lo más robusta posible, en la medida en que esté conectada con cuestiones de interés público”. 

Sobre la Real Malicia, explicó: “Los que se consideran afectados deben necesariamente demostrar que quien emitió la expresión conocía la falsedad y, a pesar de ello, obró intencionalmente o con una notoria despreocupación respecto a su veracidad”. 

En tanto, la magistrada sostuvo que lo que se persigue es proteger y fomentar la libertad de expresión cuando lo que está en juego son asuntos de interés público. Y concluyó: “La discusión debe ser robusta, sin inhibiciones, amplia, plural, crítica y a veces hasta mordaz”. 

Estándares desarrollados por la Corte Suprema y la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Cáceres de Bollati también abordó esta temática y citó la declaración conjunta de relatores de la ONU que en octubre de 2025 reafirmaron que cualquier restricción al derecho a buscar, recibir e impartir información, incluso cuando derive de riesgos asociados a la IA, debe respetar los estándares internacionales de derechos humanos, ser prescripta por ley, perseguir un fin legítimo y ser necesaria y proporcionada. 

Así, manifestó, en línea con la relatoría especial de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: “El ecosistema digital genera problemas nuevos que el derecho todavía no ha terminado de procesar”. 

Por su parte, Dalla Vía hizo alusión a la Corte Interamericana que, en relación al caso Ricardo Canese contra Paraguay, en el que se calumnió a un candidato, dijo: “En la campaña electoral el debate tiene que ser libre, tiene que estar sobreprotegido”. 

Diferencias entre funcionarios públicos, figuras públicas y particulares

Con respecto a esta temática, tanto Cáceres de Bollati como Dalla Vía mencionaron casos específicos para ilustrar cómo se aplica el derecho cuando se trata de figuras públicas y de particulares. 

Uno es el caso de Marcelo Macarrón c/ Vaca Narvaja, en el que el viudo de Nora Dalmasso demandó a un periodista de Río Cuarto por difundir intimidades de la familia de la víctima. Sin embargo, el Tribunal Superior de Córdoba consideró que el propio Macarrón se había convertido voluntariamente en una figura pública, explicó Cáceres de Bollati, por lo que le aplicaron el estándar de la Real Malicia. 

El otro, explicado por Dalla Vía, tiene que ver con una campaña de Juntos por el Cambio – Cambia la Rioja, en la que se habían usado imágenes del expresidente Mauricio Macri en clave negativa. En un primer momento, el juez federal de La Rioja ordenó bajar esas imágenes, al considerar que violaban el Compromiso Ético Digital, establecido en 2019 y reafirmado en los años de elecciones. 

Sin embargo, la Cámara Nacional Electoral revocó esa decisión, ya que, según apuntó el letrado, las imágenes no afectaban la transparencia del debate público. “Entendimos que dentro del debate democrático la utilización de la imagen de un presidente, de un candidato, mientras no afectara el orden o la moral, no generaba inconveniente”, agregó. 

Libertad de expresión y protección de la reputación en redes sociales y entornos digitales

Sobre las redes sociales, Cáceres de Bollati planteó que se “transforman en un fin en sí mismo, en un mega diario que por momentos se escribe solo, caóticamente y sin ningún guión de una línea editorial”. 

Dalla Vía apuntó que ya “pasamos la época de los trolls y de los bots” y que ahora el desafío son las deepfakes y las nuevas formas de manipulación. En tanto, citó casos en los que fueron víctimas el diputado Mario Negri, el hijo de Sergio Massa y Malena Galmarini y la diputada santafesina Keren Tepp. 

Como herramienta institucional para proteger la reputación en las redes sociales, el presidente de la CNE mencionó el Compromiso Ético Digital, que tiene valor moral pero implica firmas de convenios con las plataformas tecnológicas y sirve para “bajar contenidos” cuando se detectan irregularidades. 

Nuevos desafíos derivados de la difusión instantánea de contenidos y de la IA generativa

«Las nuevas tecnologías, y particularmente la inteligencia artificial, modifican de raíz los supuestos en que esos estándares fueron construidos: la identificabilidad del emisor, la capacidad de verificación razonable de los hechos, la velocidad y la escala de difusión del contenido potencialmente lesivo”, analizó Cáceres de Bollati sobre los desafíos que plantea la IA. 

A su vez, citó al presidente del New York Times, Arthur Sulzberger, que en el Congreso Mundial de Medios de Comunicación de WAN-IFRA, en Marsella, habló de dos puntos clave: la propiedad intelectual sobre los datos producidos por los medios que la IA utiliza, y quién regula los contornos de la discusión o de la conversación pública y bajo qué parámetros lo hace.

En su disertación, Rebaudi Basavilbaso expuso: “En el caso de la IA estamos todos de acuerdo en que hay mucha incertidumbre, no se sabe para dónde vamos, no se sabe qué va a pasar».

Además, señaló que, aunque uno haga clic en una plataforma, “no es que renuncia a la Constitución Nacional, a los tratados internacionales o a las leyes vigentes”, es decir, todo lo que tiene que ver con la IA se rige por el derecho. 

El director de la Escuela de Capacitación Judicial de la AMFJN comparó estos tiempos con los de la llegada de internet. “No sabíamos qué hacer y de repente aparecían daños (…) y así se fue construyendo jurisprudencia”, recordó. 

Después, citó una serie de casos de jurisprudencia comparada, como, por ejemplo, una condena a Air Canada por una respuesta errónea de su chatbot. «A nivel educativo de la sociedad, tenemos que aprender a desconfiar de todo”, concluyó. 

Tendencias jurisprudenciales y desafíos futuros

Cáceres de Bollati consideró que, con el nuevo ecosistema digital, es necesario resignificar todos los estándares construidos. “Vamos a tener que ser sumamente creativos para ver de qué manera, sin dejar aquellos preceptos fundamentales, podemos seguir manteniendo estos estándares”, dijo. 

Al cerrar su exposición, concluyó: “Vivimos en una época en la que las viejas certezas están todas estremecidas, pero creo que lo que no podemos dejar es seguir comprometidos con el valor republicano de la precisión informativa, del debate serio y pleno de ideas y de la responsabilidad que ha caracterizado la libertad de expresión sea cual fuere el canal en que esta se desarrolla”. 

Rebaudi Basavilbaso analizó que se está actualmente “en una transición” y que de a poco habrá una “construcción de jurisprudencia”. Asimismo, recomendó, en tiempos de fake news: “Creo que es un buen momento para que los periodistas se posicionen como los profesionales del periodismo”. 

Dalla Vía, por último, señaló que en Argentina no hay legislación sobre los desafíos que presenta la IA y, mientras que en Estados Unidos tampoco está regulado, en Europa se regula. “Es un debate que depende de la posición política de cada gobierno”, reflexionó.