En una reciente publicación en la revista jurídica La Ley, el Dr. Carlos Laplacette, titular del Servicio de Orientación Legal de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), analiza la tensión existente entre la garantía del secreto de las fuentes y las investigaciones penales.
Bajo el título sobre el riesgo de relativizar esta garantía en el ámbito judicial, Laplacette advierte sobre los peligros de flexibilizar la confidencialidad periodística bajo el argumento del análisis o la ponderación «caso por caso» frente a la presunta comisión de un delito. Según explica el especialista, la incertidumbre de un examen judicial posterior debilita el ejercicio del periodismo y restringe el flujo de información de interés público hacia la ciudadanía.
En su artículo, Laplacette desarrolla tres ejes centrales sobre el diseño institucional y jurídico de la protección de las fuentes:
- Efecto inhibidor de la ponderación casuística: La fuente toma la decisión de brindar información antes de que surja un conflicto judicial. Una promesa de confidencialidad sujeta a una ponderación posterior pierde sustento, lo que termina por silenciar a quienes de otro modo aportarían datos clave.
- Exigencia de ley previa: Cualquier restricción a un derecho garantizado constitucionalmente requiere un marco normativo previo. Cuando un juez limita el secreto periodístico sin una ley específica que lo habilite, no está aplicando una restricción existente, sino creándola.
- Marcos de referencia internacionales: Modelos jurídicos como los de Suecia y Bélgica ofrecen un camino alternativo basado en reglas claras y previsibles de antemano, en lugar de depender de la discrecionalidad o el análisis ulterior del caso concreto.
Con este nuevo aporte académico en La Ley, el titular del Servicio de Orientación Legal de ADEPA subraya que relativizar el secreto de las fuentes en el proceso penal no produce más justicia, sino que deriva en una menor circulación de información para la sociedad y en un mayor riesgo de impunidad.



